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El protocolo para plantas frigoríficas que emitió el Gobierno: cómo prevenir y qué hacer ante un caso de coronavirus

frigorifico

El Ministerio de Agricultura de la Nación y el Senasa emitieron un protocolo para las plantas frigoríficas en el marco de la pandemia de coronavirus.

Tras la muerte de un agente del Senasa y el registro de varios contagios entre operarios en una planta de Quilmes, se publicaron lineamientos para preservar la salud y la seguridad con la colaboración del Protocolo de Actuación remitido desde COPAL y la Subcomisión Técnica y Calidad del Consorcio de Exportadores de Carnes Argentinas.

Además de las medidas ya conocidas como la obligación de que los mayores de 60 años o población de riesgo permanezcan en sus hogares, se exige que las ART provean afiches gratuitos con los lineamientos para que todos los trabajadores puedan acceder a la información.

Las medidas de prevención

1. Implementar todas las medidas generales básicas de seguridad, higiene, limpieza y cuidado personal de los trabajadores en una línea de producción para minimizar las posibilidades de contagio del virus. Según el caso de cada planta, se deberá: 

Realizar una DDJJ a todo el personal que asista a la planta para conocer si realizó viajes al exterior, estuvo en contacto con personas que hayan realizado viajes recientes, hayan sido  identificados como contactos estrechos de casos sospechosos o confirmados de COVID-19, hayan sido diagnosticados con COVID-19 o cualquier otro motivo que requiera el aislamiento sanitario preventivo en función de lo que disponga la autoridad sanitaria. La empresa evaluará a través del departamento médico las acciones a implementar.

Evaluar la posibilidad de realizar un seguimiento diario a todo el personal mediante control de temperatura corporal al momento de su ingreso a planta y una breve DDJJ diaria (al ingreso a planta) donde conste la aparición de alguno de los síntomas de COVID-19 en las últimas 24 horas.

Organización de los procesos productivos, tiempos y espacios de descanso, de tal manera de garantizar la distancia mínima recomendada por la autoridad sanitaria entre persona y persona, durante toda la jornada de trabajo. En este sentido, en todo momento se recomienda exista una distancia mínima de 1 metro, ideal 2 metros entre los trabajadores/as, incluyendo áreas operativas y no operativas (ej: vestuarios, comedor para el personal, pasillos, oficinas, etcétera). Además, se recomienda el uso de tapa boca/nariz.

Comunicar constantemente a los empleados todas las medidas de prevención dispuestas por la  autoridad competente y las acciones dispuestas por la empresa en tal sentido. Evaluar la posibilidad de llevar registro de capacitaciones.

Reforzar las medidas de higiene personal y facilitar los elementos necesarios para ello: asegurar la disponibilidad de insumos para higiene de manos (agua y jabón), disponibilidad continua de desinfectantes (alcohol 70% o alternativa permitida), disponibilidad y utilización de barbijos, eliminación de elementos de higiene personal (pañuelos, barbijos, etc.) y toda medida implementada por la empresa a tal fin.

Restringir al máximo el acceso de personal ajeno a la planta. En casos de permitir el ingreso de personal ajeno a la planta por motivos excepcionales (mantenimiento externo, otros proveedores, transporte, etc), se le realizará la toma de temperatura y la firma de una declaración jurada, incluyendo DNI.

Restringir el acceso a oficinas, reforzar la disponibilidad de elementos de higiene personal en áreas administrativas y estimular la realización de reuniones en forma remota.

Delimitar zonas de acceso de vehículos de transporte de productos y materia prima. Evitar que los conductores desciendan de los vehículos. En la medida de lo posible delimitar los servicios sanitarios que puedan ser para uso exclusivo de personas externas a la planta.

Establecer un claro manejo de residuos y material descartable proveniente de la higiene personal.

2. Maximizar la limpieza y desinfección de los lugares de trabajo y lugares comunes en la planta (vestuario, comedor, lugares de descanso y similares) entre las actividades de los distintos grupos de trabajo. Evaluar la posibilidad de re-capacitar a los equipos de limpieza (documentar) e incluir las diluciones apropiadas según los productos utilizados según los sectores. Reforzar en oficinas (por ejemplo: superficies, teclados), cocinas y comedores, entre otros.

3. Proveer alimentos que no requieran el uso de cubiertos y platos. Utilizar material descartable y si es posible que el refrigerio se realice en los puestos de trabajo. Por ejemplo, puestos administrativos exceptuando la línea de producción de alimentos.

4. Evaluar la posibilidad de dividir al personal en dos grupos, un “grupo activo” y otro “grupo inactivo”, este último reemplazará en caso que el primero se vea afectado. Para ello, se sugiere reducir la velocidad de faena, reducir el personal, aumentar el distanciamiento entre operarios, entre otras medidas tendientes a reducir el personal y establecer un grupo de reemplazo.

5. Organizar al personal activo en distintos grupos de trabajos siempre que sea posible, con la menor cantidad de personas por grupo de trabajo, de acuerdo a las características de cada línea de producción y de la operación. Se sugiere organizar grupos por áreas de trabajo en cada planta. Por ejemplo: corrales, faena, cuarteo, despostada, entre otros. Asegurar la independencia entre los grupos de trabajo, evitando áreas comunes, con el fin de reducir al máximo el impacto ante un eventual caso positivo.

6. Establecer horarios de entrada y salida escalonados del establecimiento industrial de cada grupo de trabajo.

7. Implementar medidas para que los distintos grupos de trabajo no tengan contacto físico entre sí.

Qué hacer ante un caso compatible con COVID 19 y/o un caso positivo

La empresa conformará un comité de crisis para evaluar, organizar y documentar las acciones a seguir. Asimismo, tendrá el rol de trabajar coordinadamente con la autoridad de salud competente.

Ante la detección de un caso sospechoso con un cuadro febril (temperatura corporal de 37,5°C o más) y/o sintomatología compatible con COVID-19 (tos, dolor de garganta, dificultad para respirar, falta de gusto y/o falta de olfato) se recomienda:

Evitar el ingreso a la planta. Aislar a la persona en una habitación privada con ventilación adecuada y con la puerta cerrada, idealmente destinada para estos casos, de acuerdo con las recomendaciones e instrucciones que imparta la autoridad sanitaria competente dependiente del Ministerio de Salud de la Nación y colaborar con dichas autoridades para el seguimiento del caso.

Proveer al trabajador de un barbijo quirúrgico tan pronto como se identifique como sospechoso, explicándole su correcto uso.

Todo el personal que lo asista debe usar barbijo, guantes y protección en los ojos.

Evitar contactos personales con otros trabajadores.

Informar a su responsable directo y/o al sector responsable (RRRHH, Seguridad e Higiene) de la empresa si correspondiera.

Reportarlo telefónicamente de inmediato a la autoridad sanitaria competente.

Identificar a las personas del grupo de trabajo con las que tuvo contacto estrecho, quienes deberán realizar el aislamiento obligatorio hasta tanto se obtengan los resultados del caso sospechoso

Implementar inmediatamente un procedimiento especial e integral de limpieza y desinfección en el área de trabajo del caso sospechoso o confirmado, que permita retomar la producción en el menor plazo posible. Se deberá cumplir con las medidas sanitarias recomendadas por el Ministerio de Salud de la Nación y en el marco de la RESOL-2020-219-APN-MT.

El comité de crisis realizará el seguimiento del estado de los casos sospechosos en coordinación con la autoridad sanitaria competente.

La empresa, antes del inicio de las tareas de cada grupo, deberá informar al personal y/o sus representantes las acciones realizadas para transmitir tranquilidad y serenidad a los trabajadores en sus puestos de trabajo.

La empresa podrá disponer de un equipo de trabajadores de reemplazo en aislamiento preventivo, quienes podrán sustituir a un potencial grupo afectado hasta que hayan cumplimentado debidamente las recomendaciones de la autoridad de salud para su posterior reincorporación.

Se dispondrá de un procedimiento de emergencia, en el marco del cual se mantendrá registro auditable de las DDJJ al personal definido por la empresa como así también el informe diario de temperatura corporal realizado y las fichas clínicas del personal. Dicho registro quedará a disposición de la autoridad sanitaria competente que lo requiera.

Fuente: Infocampo

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